Ayudas de 4.000€ para contratos de formación en alternancia

Las empresas con centro de trabajo en Navarra pueden solicitar esta ayuda hasta el 30 de noviembre de 2024. El importe económico de la ayuda es compatible con las bonificaciones a la Seguridad Social de los contratos de formación en alternancia.

Dirigido a:

  • Empresas.
  • Trabajadoras y trabajadores autónomos.
  • Entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

  • Tener centro de trabajo radicado en Navarra.
  • Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
  • No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Cada contratación debe suponer un incremento de plantilla. A los efectos de esta convocatoria, el cálculo se hará comparando la plantilla fija de la empresa en el mes de la contratación con su situación el mismo mes del año anterior.
  • En el supuesto de cese de alguna de las personas contratadas con anterioridad a la finalización del período subvencionado, deberá sustituirse por otra persona, en el plazo máximo de un mes, respetando la misma jornada, la retribución y el mismo colectivo o de dificultad superior al que pertenecía la persona sustituida.
Descripción:

Las personas trabajadoras contratadas deben:

  • Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo autonómico respectivo a la fecha de inicio del contrato, salvo en el caso de transformación de contrato temporal o de duración determinada en indefinido.
  • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
    • Personas mayores de 55 años.
    • Jóvenes menores de 30 años inscritos en el sistema de garantía juvenil.
    • Personas desempleadas de larga duración.
    • Personas perceptoras de Renta Garantizada.
    • Mujeres contratadas en ocupaciones STEM, de acuerdo a los CNO relacionados en el anexo II de la convocatoria. En este caso, el puesto de trabajo deberá coincidir con alguna ocupación incluida en el mencionado anexo y el CNO deberá quedar explicitado en el contrato.
    • Víctimas de violencia de género.

 

Cuantías a subvencionar:

Contratos de formación en alternancia a jornada completa, 4.000 euros:

  • Estos contratos deberán fijar un tiempo de trabajo efectivo no inferior al 50% de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación en la empresa, o en su defecto, de la jornada máxima legal.
  • No se subvencionarán los contratos de formación en alternancia en los que la suma del tiempo de formación y del tiempo de trabajo en efectivo no alcance el 100% de la jornada laboral completa.
  • En este caso la cuantía fijada corresponde a contratos de al menos 1 año de duración. Si el contrato fuera de duración menor, se concederá la cuantía proporcional por meses enteros, entendiendo por meses enteros, los meses completos de fecha a fecha, cualquiera que sea el número de días de los meses enteros correspondientes. Es decir, los días que exceden de los meses completos no se subvencionan.
Para conocer el resto de información y el proceso de tramitación tienes el enlace en la web oficial del organismo:

En ESTUDIOS SIGGA tenemos un departamento de expertos especializados en la gestión del contrato de formación en alternancia que te ayudará a tramitar los contratos con la mayor garantía, eficacia y sin incidencias. Contáctanos: