Madrid: Impulso al contrato de formación en alternancia con ayudas de hasta 6.000 €

Incentivos para la contratación de personas jóvenes desempleadas en Madrid mediante un contrato formativo de formación en alternancia.
El plazo para presentar las solicitudes es de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Dirigido a:

  • Trabajadores autónomos.
  • Empresas.
  • Entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro.

Requisitos:

 
Autónomos, empresas y entidades
  1. Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
  2. Cumplir con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Si son profesionales colegiados, también tienen que estar al corriente en el pago de las cuotas de la mutualidad.
  3. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estuvieran garantizadas.
  4. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales de acuerdo con la normativa.
  5. No concurrir en alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
  6. Declarar responsablemente en la solicitud:
  • Si ha solicitado y recibido otras ayudas.
  • Si ha recibido otras ayudas de “mínimis” en el ejercicio corriente y en los dos ejercicios anteriores.
  • Si pertenece o no a un grupo de empresas.
  • Su compromiso a comunicar cuantas solicitudes de subvención, relacionadas con la actividad subvencionada, le sean concedidas con posterioridad a la presentación de la solicitud.
      7. Presentar la solicitud de ayuda en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
 
Personas jóvenes contratadas
  1. Ser menor de 30 años cuando se formaliza el contrato.
  2. Estar inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en situación de beneficiarias el día anterior a su contratación.
  3. Estar inscritas en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid como desempleadas demandantes de empleo el día anterior a su contratación.
  4. En el caso de la línea 3, cuando se formalice el contrato, tener:
  • un título universitario
  • un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional
  • un certificado del sistema de formación profesional
  • un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas
  1. En el caso de la línea 4, carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional.
Contrataciones
  1. El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada debe estar en la Comunidad de Madrid.
  2. Formalizar el contrato por escrito con el modelo establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
  3. Dar de alta en la Seguridad Social a la persona contratada.
  4. El alta en la Seguridad Social y el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.
Descripción:
 
Las personas trabajadoras contratadas deben:
  • Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo autonómico respectivo a la fecha de inicio del contrato, salvo en el caso de transformación de contrato temporal o de duración determinada en indefinido.
  • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
    • Personas mayores de 55 años.
    • Jóvenes menores de 30 años inscritos en el sistema de garantía juvenil.
    • Personas desempleadas de larga duración.
    • Personas perceptoras de Renta Garantizada.
    • Mujeres contratadas en ocupaciones STEM, de acuerdo a los CNO relacionados en el anexo II de la convocatoria. En este caso, el puesto de trabajo deberá coincidir con alguna ocupación incluida en el mencionado anexo y el CNO deberá quedar explicitado en el contrato.
    • Víctimas de violencia de género.

Cuantías a subvencionar:
 
5.500 € por la contratación a tiempo completo, mediante un contrato de formación en alternancia, de cada persona desempleada menor de 30 años que cumpla los siguientes requisitos:
  • Figurar como persona inscrita, el día inmediatamente anterior a su contratación, en situación de beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Figurar, asimismo, inscrita, el día inmediatamente anterior a su contratación, como persona desempleada demandante de empleo en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.
  • Carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional regulada en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La cuantía anterior se incrementará con 500 € adicionales en los supuestos previstos en las normas reguladoras de estas subvenciones.
En los supuestos de contratación a tiempo parcial los importes anteriores se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. La jornada a tiempo parcial no podrá resultar inferior al 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.


 
Para conocer el resto de información y el proceso de tramitación tienes el enlace en la web oficial del organismo:

 

 
 
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